Mediciones de Ruido
Mediciones de Ruidos según DECRETO REGLAMENTARIO Nº
351/79. Nivel de presión acústica y la duración de la exposición por día.
Incluye disposiciones para el Infrasonido y sonido de baja frecuencia, Ruido
continuo o intermitente, Ruido de impulso o de impacto, Ultrasonido. Vibración
segmental mano- brazo: continua, intermitente, de impacto o de impulso,
Vibración de cuerpo entero.
Este tipo de mediciones se deberán realizar para prevenir
exposiciones de los trabajadores a sonidos perjudiciales para la salud.
Cuando el nivel sonoro continuo equivalente (NSCE), el
cual surge de estas mediciones, es superior a la dosis establecida en la
normativa, se deberá proceder a la reducción del mismo por medio de las
siguientes medidas y siguiendo el orden en que se detalla:
1.
Mediante procedimientos de ingeniería, ya sea en la fuente que
origina el ruido, en las vías de transmisión o en el recinto receptor.
2.
Protección auditiva al trabajador.
De no ser suficientes las correcciones indicadas
precedentemente, se procederá a la reducción de los tiempos de exposición.
Mediciones de Ruidos molestos en ciudad Autónoma de Buenos
Aires según ley 1540, decreto 740 y de Provincia de Buenos Aires según norma
IRAM 4062.
Se efectúan mediciones de Nivel Sonoro Continuo Equivalente con sonómetro integrador y evaluamos el espectro sonoro enbanda de octavas permitiéndonos evaluar los elementos de protección personal más adecuados y/o la insonorización de máquinas, equipos y ambientes
Se efectúan mediciones de Nivel Sonoro Continuo Equivalente con sonómetro integrador y evaluamos el espectro sonoro enbanda de octavas permitiéndonos evaluar los elementos de protección personal más adecuados y/o la insonorización de máquinas, equipos y ambientes
Mediciones de
Iluminación
Mediciones de iluminación de acuerdo a lo establecido en
la Ley 19587 y su decreto reglamentario 351/79, aplicables a cualquier tipo de
organización, ya sea en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como
en provincia de Buenos Aires.
Mediciones de Puesta a Tierra
Medición e Instalación de Jabalina bajo resolución COPIME
Nº HIST 1.1-Norma IRAM 2281-Parte II.
¿Que es la puesta a tierra?
Es un circuito eléctrico que tiene como finalidad la
protección de las personas cuando estas entran en contacto con la electricidad.
Es decir, es un circuito que protege a las personas por contactos indirectos,
este circuito básicamente es un conductor, el cual por norma se debe
identificar con el color verde y una línea amarilla y se debe conectar a todas
las partes metálicas de la instalación eléctrica (las potenciales masas), este
circuito finaliza en un electrodo conocido como jabalina.
La resistencia del suelo donde se instale este electrodo
debe ser menor a 10 Ω recomendado que sea igual o menor a 5 Ω.
Este tipo de protección se deberá completar con la
instalación de un protector diferencial en cada uno de los tableros instalados,
lo que vulgarmente conocemos como disyuntor.
Nota: todos los mecanismos de protección instalados, tanto
para evitar cortocircuitos como electrocuciones deberán estar correctamente
dimensionados con el circuito eléctrico a proteger, de otra manera la
protección instalada puede que no sea suficiente y genere mayores
complicaciones.